Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090102-0242
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE CUENCA EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don Francisco Antonio Bellón Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Cuenca. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 125 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Dionisio Manzanares Cana, contra la empresa “Joist, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Auto En Cuenca, a 20 de noviembre de 2008. Parte dispositiva: Se acuerda: a) El embargo de los bienes inmuebles que se describen: Finca número 26/4656, de Montalbo.—Urbana. Situada en el término de Montalbo, calificada de suelo urbanizable industrial, al sitio Cerro de la Horca, con una superficie del terreno de 13.250,39 metros cuadrados. Finca número 26/4658.—Urbana. Situada en el término de Montalbo, calificada de suelo urbanizable industrial, al sitio Cerro de la Horca, con una superficie del terreno de 5.587,64 metros cuadrados. Finca número 26/4659.—Urbana. Situada en el término de Montalbo, calificada de suelo urbanizable industrial, al sitio Cerro de la Horca, con una superficie del terreno de 5.599,85 metros cuadrados. Finca número 26/4657.—Urbana. Situada en el término de Montalbo, calificada de suelo urbanizable industrial, al sitio Cerro de la Horca, con una superficie del terreno de 5.578,96 metros cuadrados. Como propiedad de “Joist, Sociedad Limitada” (cédula de identificación fiscal número 81.272.529), para responder de la cantidad de 52.891,63 euros, más 9.256,21 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento, seguido a instancias de don Dionisio Manzanares Cana, contra “Joist, Sociedad Limitada”. Se requiere a los actores del presente procedimiento y sus acumulados números 126, 132 y 157 de 2008 para que en plazo máximo de cinco días comuniquen a este Juzgado su estado civil y, en su caso, nombre del cónyuge. b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad de Huete para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas o gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación. c) Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación. Así por este auto lo manda y firma el ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social don Ramón González de la Aleja González de la Aleja. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado y rubricado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Joist, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Cuenca, a 20 de noviembre de 2008.—El secretario judicial (firmado). (03/35.598/08) |

